La Junta argumenta que el decreto invade competencias autonómicas, además de no haber sido trabajado con los gobiernos autonómicos
Los ingenieros forestales podrán tener una jornada laboral de 9 horas por "exigencias" del operativo contra incendios
Entre el 1 de junio y el 30 de octubre, la prestación se realizará todos los días de la semana, incluyendo sábados, domingos y festivos
El Boletín Oficial de Castilla y León publica este lunes una orden de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio que establece los horarios especiales para los técnicos del cuerpo de Ingenieros Técnicos (Forestales) que prestan servicios en los centros de mando de la lucha contra con los incendios forestales. En concreto, su jornada será de lunes a viernes en régimen de turnos: el de mañana, con horario de 8 a 15 horas y el de tarde, desde las 15 a las 22 horas. Entre el 1 de junio y el 30 de octubre, la prestación se realizará todos los días de la semana, incluyendo sábados, domingos y festivos. También podrá aplicarse este régimen de prestación fuera de este periodo cuando se declare peligro alto o medio de incendios forestales. Excepcionalmente, por exigencias del operativo, la duración de la jornada diaria podrá ser de nueve horas, respetando siempre el cómputo horario anual del trabajador, y se podrá establecer hasta las 23 horas.
La orden, recogida por la Agencia Ical, recoge que este horario tendrá una compensación de descanso adicional de medio día por cada sábado, domingo o festivo trabajado, a disfrutar de acuerdo con la solicitud del interesado, siempre que fuera compatible con las necesidades del servicio. Igualmente, tendrán derecho a un descanso semanal de 48 horas seguidas, que disfrutarán con carácter general en uno de cada dos fines de semana y con carácter excepcional al menos en uno de cada tres fines de semana.
La Consejería apuntó que ha desarrollado un operativo de prevención y extinción de incendios forestales del que son pieza fundamental los centros provinciales (CPM) y autonómico de mando (CAM), desde los cuales se dirige el operativo, se coordinan y despachan los recursos humanos y medios de extinción, y se dirigen las emergencias por incendios forestales.
De ahí, la necesidad de modificar estos horarios para dar respuesta "adecuada" ante el riesgo de incendios forestales, que cada vez es mayor en la Comunidad. Por lo tanto, la Consejería precisa que "el operativo debe amoldarse al incremento de la severidad y virulencia de los incendios, derivado de los cambios naturales que ha sufrido el territorio y a las condiciones meteorológicas".
"El desarrollo y complejidad de la normativa, el establecimiento de protocolos diversos en la gestión de emergencias y movilización de medios y la demanda de información en tiempo real hacen que resulte imprescindible un apoyo técnico en los centros de mando que maneje las aplicaciones, conozca las tecnologías y protocolos, y genere los informes técnicos necesarios para que el jefe de jornada disponga de toda la información técnica necesaria y pueda centrarse en la evolución de la emergencia y la rápida toma de decisiones", concluye el texto de la orden.
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