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La justicia condena a la Junta a pagar 20.000 euros a un paciente operado de la mano en León
El fallo del tribunal estima que se produjeron daños funcionales debido a la demora en el inicio de la rehabilitación
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha estimado el recurso contencioso-administrativo presentado por un paciente que sufrió daños funcionales permanentes en la mano izquierda por el retraso del tratamiento de rehabilitación después de haber sido sometido a una intervención quirúrgica en el Complejo Asistencial Universitario de León.
La resolución judicial dictamina que la Junta debe indemnizar con 20.000 euros al demandante por criterios establecidos en la Ley 40/2015 respecto a responsabilidad patrimonial sanitaria.
El paciente había reclamado en 2021 algo más de 66.000 euros por secuelas funcionales, estéticas y perjuicios morales debidas a la demora del inicio de la rehabilitación. La sentencia del TSJCyL ha valorado las pruebas aportadas por las partes, con un retraso injustificado respecto a los protocolos habituales, que ha afectado a las posibilidades de mejora del afectado y establece una relación causa-efecto entre el funcionamiento del servicio y el perjuicio.
La indemnización fijada en 20.000 euros, "cantidad que se estima actualizada", atiende a la gravedad de las lesiones en una mano no dominante y que mantiene cierta movilidad. Además, el fallo obliga a la Consejería de Sanidad de la administración y a la aseguradora a abonar las costas del proceso judicial, hasta un máximo de 2.000 euros.
La mencionada resolución, que no se trata de una sentencia firme y para la que "cabe interponer recurso de casación ante la Sala en el plazo de 30 días desde la notificación", considera demostrada la infracción de la lex artis, aunque reconoce que el inicio temprano del tratamiento de rehabilitación no constituye una garantía para la recuperación total debido a la complejidad de la lesión y a diversos factores.
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