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Estas son las condiciones de los menores de 15 años para acceder a la tarjeta Buscyl
Las tarjetas para la gratuidad del transporte público en Castilla y León para los más jóvenes se pueden solicitar desde este lunes
La Consejería de Movilidad y Transformación Digital de la Junta publica las condiciones que deben cumplir los menores de 15 años de Castilla y León para acceder a la tarjeta de transporte Buscyl, que establece la gratuidad en el transporte público regular de viajeros por carretera en las concesiones titularidad del Gobierno autonómico.
La publicación se deriva de la apertura este lunes del plazo para solicitar esta tarjeta por parte de los menores de 15 años, tal y como acordó el pasado jueves el Consejo de Gobierno, publica Ical.
Así, la orden publicada establece que, desde el 1 de julio de 2025, se implanta la gratuidad del transporte público regular y de uso general de viajeros en Castilla y León para los menores de 15 años, tanto empadronados como no empadronados, mediante la creación de la tarjeta de transporte 'Buscyl <15 años', cuyo título tendrá vigencia desde el 1 de julio hasta el 31 de diciembre de 2025, sin perjuicio de que pueda cesar con anterioridad en caso de adoptarse un medio sustitutivo o incompatible.
Podrán acceder a la regla general de la gratuidad a través de la tarjeta de transporte 'Buscyl <15 años', los menores de 15 años, empadronados o no en Castilla y León, para lo que el padre, la madre o el tutor del menor de 15 años deberá solicitar la tarjeta cumplimentando la solicitud a través de la aplicación web www.buscyl.es, que estará disponible en la web: https://carreterasytransportes.jcyl.es.
A la solicitud deberá acompañarse DNI del padre, madre o tutor, DNI del menor para el que se solicita la tarjeta y, en el caso de menores de 14 años que no dispongan de DNI, el libro de familia o certificado de nacimiento.
La solicitud podrá presentarse desde este lunes en las oficinas de asistencia en materia de registros de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y en todo caso, en cualquiera de los registros establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La emisión de la tarjeta se realizará por la Consejería competente en materia de transportes, una vez recibida la solicitud y previa comprobación de los requisitos exigidos. Las condiciones de la solicitud y funcionamiento de esta tarjeta se establecerán mediante Resolución de la Dirección General competente en materia de Transportes.
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