¿Cómo funciona el voto por correo y qué controles tiene?
Un procedimiento con múltiples controles, como la identificación obligatoria a la hora de solicitarlo y que no se pueda votar presencialmente si ya lo has hecho por correo
El voto por correo permite a quienes no puedan acudir a su colegio electoral el día de las elecciones ejercer su derecho al sufragio, un proceso con múltiples controles para evitar fraudes sobre el que en los últimos días han sembrado dudas el PP y Vox alegando desconfianza hacia los 'directivos' de Correos. ¿Cómo funciona el voto por correo? Te lo contamos.
¿Cómo se evita el doble voto?
El procedimiento comienza con la solicitud del voto por correo y se puede realizar "hasta el décimo día anterior a la votación", según establece el artículo 72 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), en este caso, hasta el 19 de noviembre.
La solicitud puede ser telemática o presencial y requerirá la identificación obligatoria en ambos casos; en el impreso se deberá indicar la dirección postal a la que el interesado quiere que se le envíe la documentación electoral, recoge EFE.
La Oficina del Censo Electoral comprueba la inscripción del solicitante y anota en el censo que ha pedido votar por correo. Desde ese momento, ya no podrá votar presencialmente en su mesa el día de las elecciones, aunque finalmente no envíe su voto, en base al artículo 73 de la LOREG.
Después, la Oficina del Censo Electoral remite por correo certificado al elector las papeletas, los sobres de votación, el certificado de inscripción en el censo y un sobre dirigido a la mesa electoral correspondiente.
¿Hay que identificarse en la oficina de Correos?
Desde el 10 de junio de 2023, los electores deben identificarse también al entregar su voto en una oficina de Correos, como estableció la Instrucción 5/2023 de la Junta Electoral Central (JEC), que exige al personal comprobar la identidad del votante y tramitar la documentación como correo certificado dirigido a la mesa electoral.
Hasta entonces, la JEC interpretaba que esa identificación, que era obligatoria para solicitar el voto y recibir la documentación, no podía exigirse en la entrega.
Quienes no puedan acudir personalmente pueden autorizar a otra persona para entregar su voto. La autorización debe estar firmada por el elector y acompañada de una fotocopia de su documento oficial de identidad.
Los sobres de voto por correo recogidos en buzones no son válidos. En esos casos, Correos debe entregarlos a la Junta Electoral de Zona, en lugar de enviarlos a la mesa electoral destinataria.
De acuerdo con la LOREG, Correos conservará hasta el día de la votación toda la correspondencia dirigida a las mesas electorales y llevará un registro de la documentación recibida, que estará a disposición de las juntas electorales.
El día de las elecciones, terminada la votación y antes del escrutinio, la mesa introducirá en la urna los sobres de votos recibidos por correo, y serán los propios ciudadanos que integran dichas mesas los que contarán en público cada papeleta al cierre de los colegios electorales.
¿Hay antecedente de fraude en España?
Uno de los casos con condena es el de las elecciones al Senado de 2008 en Melilla. En 2021 el Tribunal Supremo confirmó penas de dos años de prisión para Mustafa Aberchán, dirigente de Coalición por Melilla, y Dionisio Muñoz, exsecretario general del PSOE melillense, por falsedad y dos delitos electorales.
Según la sentencia, en las elecciones al Senado de 2008 en Melilla prometieron puestos de trabajo a cambio de que algunos votantes solicitaran el voto por correo y luego dejaran la documentación a terceras personas, que elegían por ellos las papeletas y las enviaban.
En las elecciones de mayo de 2023 se investigó una presunta trama de compra de votos para la Asamblea, también de Melilla. Según el decreto por el que la Fiscalía Anticorrupción asumió el caso, las pesquisas policiales apuntaban a pagos de entre 100 y 150 euros a ciudadanos para alterar el procedimiento del voto por correo.
Este caso fue una de las causas por las que se aprobó la instrucción que incrementó las garantías de seguridad y obligó a identificarse al entregar las papeletas en la oficina de Correos correspondiente, relata EFE.
En las municipales de ese mismo año se abrió una investigación por la presunta compra de votos a favor del PSOE y hubo siete arrestados, entre ellos dos integrantes de la candidatura socialista al Ayuntamiento de Mojácar.
¿El voto por correo es cuestionado en otros países?
En Estados Unidos también ha habido cuestionamientos del voto por correo y el presidente, Donald Trump, ha sostenido de forma reiterada que esta modalidad permite un fraude generalizado, sin aportar pruebas que acrediten esa afirmación.
Francia suprimió en 1975 el voto por correspondencia para la mayoría de los comicios tras los problemas de fraude asociados al procedimiento de entonces, según documenta un informe del Senado francés.
Los sobres se conservaban en los ayuntamientos y se trasladaban a los colegios electorales bajo la responsabilidad del alcalde, un sistema de custodia diferente al español.
Quien no pueda acercarse al colegio electoral el día de los comicios puede otorgar un poder a una persona de su confianza para que vote por él. El voto por correo se admite actualmente para los electores inscritos en consulados en el extranjero en las elecciones legislativas, como explica el Ministerio de Exteriores francés.
FUENTE: EFE







