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Despedido por decir a sus compañeras de trabajo que tenía alergia "a las zorras"
Desestimado su recurso puesteo que el trabajador alegó que no se le dio la oportunidad de defenderse antes del despido
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha desestimado el recurso presentado por un trabajador contra la sentencia que declaró procedente su despido por decir al paso de tres compañeras que "tenía alergia a las zorras" y por exhibir durante una clase de formación un cartel con la palabra "puta".
La sentencia, que coincide con la resolución del Juzgado de lo Social de Murcia, considera que la conducta del demandante constituyó una ofensa verbal grave y una falta de respeto y consideración hacia sus compañeras, justificando así el despido.
Según los hechos probados por el juzgado, los incidentes ocurrieron en julio de 2023 en la sede de la empresa en Murcia. Ese día, el trabajador realizó comentarios degradantes frente a tres compañeras y, durante una clase impartida por la coordinadora, mostró el cartel ofensivo tanto a ella como a sus compañeras, quienes expresaron su queja y señalaron que no era la primera vez que ocurría.
En su recurso, el trabajador alegó que no se le dio la oportunidad de defenderse antes del despido. El TSJRM rechazó esta alegación, explicando que en el momento del cese no existía obligación legal de permitir la defensa, normativa que entró en vigor más de un año después.
Respecto a la afirmación de que no había testigos, la Sala señaló que los hechos quedaron probados con los testimonios de sus tres compañeras.
Finalmente, la Sala confirmó la procedencia del despido, al considerar que no hubo error de valoración en la sentencia recurrida y que la conducta del trabajador quedó suficientemente acreditada con pruebas.
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