Hasta diez años de cárcel por un descuido que acabe en un gran incendio forestal

La mayoría de los incendios en España tienen su origen en imprudencias y el Código Penal contempla penas de prisión cuando el fuego pone en riesgo vidas

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Hasta diez años de cárcel por un descuido que acabe en un gran incendio forestal
Bomberos forestales
El autor esTeresa Sánchez
Teresa Sánchez
Lectura estimada: 3 min.

Una chispa provocada por una cosechadora, una quema agrícola sin las medidas de seguridad adecuadas o una simple barbacoa pueden tener consecuencias mucho más graves de lo que parece. Cuando una imprudencia desencadena un incendio forestal que pone en peligro vidas humanas, la legislación española prevé penas de hasta diez años de prisión, incluso aunque no exista intención de provocar el fuego.

La gravedad de estos delitos vuelve a estar en el centro del debate tras los grandes incendios que afectan a Madrid y Ávila. El Gobierno decidió este sábado unificar el mando del operativo de extinción bajo la coordinación de la Unidad Militar de Emergencias (UME) para hacer frente a un incendio que ha terminado fusionando varios focos en un único frente. El balance provisional deja más de 25.000 hectáreas calcinadas y más de 70.000 personas evacuadas o confinadas.

En paralelo, la Guardia Civil ha detenido al presunto responsable del incendio declarado en Burgohondo (Ávila). La investigación apunta a que el fuego se originó durante el uso de maquinaria pesada en una zona donde este tipo de trabajos estaba expresamente prohibido debido al elevado riesgo de incendio.

Qué castiga el Código Penal

La legislación española dedica varios artículos del Código Penal a los delitos relacionados con incendios forestales. Cuando el fuego se provoca de forma intencionada y supone un peligro para la vida o la integridad física de las personas, la pena puede alcanzar entre diez y veinte años de prisión, según establece el artículo 351.

Si el incendio afecta a montes o masas forestales, pero no llega a poner en riesgo vidas humanas, las condenas previstas oscilan entre uno y cinco años de cárcel, además de una multa económica. Estas penas pueden agravarse cuando el incendio reviste una especial gravedad, por ejemplo, si afecta a una gran superficie, se acerca a zonas habitadas, alcanza espacios naturales protegidos o las condiciones meteorológicas favorecen una rápida propagación de las llamas.

Sin embargo, no todos los incendios tienen un origen intencionado. El artículo 358 contempla los casos en los que no existe dolo, es decir, cuando el fuego se produce por una imprudencia grave. En estos supuestos la pena es inferior a la prevista para los delitos dolosos, aunque sigue siendo muy elevada cuando el incendio pone en peligro a las personas, con condenas que pueden situarse entre cinco y diez años de prisión.

Las negligencias siguen siendo la principal causa

Las cifras de la Fiscalía General del Estado muestran que los incendios provocados por descuidos continúan siendo el principal problema. Durante 2024 fueron detenidas o investigadas 306 personas por su presunta relación con incendios forestales.

Además, entre 2020 y 2024, más del 65 % de los incendios registrados tuvieron su origen en negligencias o accidentes, muy por encima de los fuegos provocados deliberadamente por pirómanos o incendiarios.

Entre las conductas que más riesgo generan se encuentran los trabajos con maquinaria agrícola o pesada durante periodos de alto riesgo, las quemas de rastrojos sin control suficiente, arrojar colillas mal apagadas, encender barbacoas en lugares no autorizados o abandonar objetos de cristal que, en determinadas circunstancias, pueden favorecer el inicio de un incendio.

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