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El TSJ rebaja cuatro años la condena de un hombre por agresión sexual a una menor en León
El tribunal ha estimado parcialmente la apelación de la defensa y ha anulado los agravantes de intimidación y violencia
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha publicado este lunes una sentencia por la que reduce de diez a seis años de prisión la pena para un condenado por agresión sexual a una menor de 16 años de edad. El alto tribunal ha estimado parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la defensa y ha suprimido los agravantes de violencia e intimidación de la resolución dada por la Audiencia Provincial de León, recoge EFE.
La sentencia del Tribunal Superior confirma la agresión sexual con penetración vaginal sobre una menor y, pese a la declaración de la víctima, no considera acreditado que en los hechos mediara violencia o intimidación, por lo que rebaja cuatro años el castigo. Para dictar la condena, el TSJ aplica el artículo 181.1 y 3 del Código Penal en su redacción tras la Ley Orgánica 10/2022, que contempla entre seis y doce años de privación de libertad para este tipo de delitos.
La nueva resolución deja sin efecto la inhabilitación absoluta durante el tiempo de condena dictada por la Audiencia Provincial. El resto de los pronunciamientos del fallo inicial se mantienen, entre ellos la prohibición de acercarse a menos de 200 metros de la víctima durante 15 años, la inhabilitación durante 16 años para cualquier empleo que implique contacto regular con menores, y la libertad vigilada durante cinco años una vez finalice la pena de cárcel. Además, deberá indemnizar a la víctima con 15.000 euros por responsabilidad civil.
La agresión sexual tuvo lugar el 8 de noviembre de 2022, cuando el condenado se ofreció a acercar a la joven al instituto y, en lugar de eso, la llevó a su domicilio, mantuvo relaciones con ella y posteriormente le entregó una píldora anticonceptiva. La menor, que en ese momento tenía 15 años, quedó embarazada y, varias semanas después, acudió a una clínica a abortar.
Contra la sentencia publicada este lunes cabe recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.
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