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Ratificada la condena de 9 años a un hombre por abusar de una niña de 13 años en La Bañeza
El TSJCyL ha desestimado íntegramente el recurso presentado por el condenado por la Audiencia Provincial de León
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha desestimado íntegramente el recurso presentado por un hombre condenado por la Audiencia Provincial de León a nueve años de cárcel por abusar de la hija de su pareja, una niña de trece años, y ratificado la pena, pubica EFE.
De acuerdo con la sentencia de la Audiencia de León, ahora ratificada por el TSJ, los hechos se produjeron en un anejo de La Bañeza aprovechando la situación de convivencia con la menor y en muchas ocasiones cuando la madre, pareja del ya condenado en firme, se encontraba presente en el domicilio o incluso dormida.
La Audiencia Provincial condenó el pasado febrero al acusado a nueve años de prisión por un delito continuado de abuso sexual a menor de 16 años, agravado por el vínculo de convivencia y la diferencia de edad con la víctima, una pena que ahora ha ratificado el TSJ.
Entre marzo y junio de 2021, el condenado, mayor de edad, mantuvo contactos sexuales con la menor en reiteradas ocasiones, algunos de ellos con acceso carnal, otros consistentes en tocamientos y actos de contenido sexual explícito.
La resolución judicial subraya que el acusado utilizó su posición dentro del núcleo familiar para establecer una relación de dominio y presión sobre la menor.
Entre las pruebas valoradas se incluyen numerosos mensajes intercambiados por WhatsApp, donde el procesado proponía encuentros sexuales, enviaba enlaces de objetos eróticos y planteaba situaciones de contenido explícito. En algunos de estos mensajes, el acusado insistía en mantener relaciones íntimas en horarios en los que la madre no pudiera advertirlo, e incluso intentó manipular emocionalmente a la menor, sugiriendo quitarse la vida si ella se negaba a sus peticiones.
Los hechos se conocieron tras una intervención de la madre, que sorprendió al acusado en el dormitorio con la niña.
La sentencia ahora ratificada impuso también una indemnización de 3.000 euros a favor de la menor por los daños causados, recoge EFE.
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